LA ÚLTIMA SESIÓN EN EL CONCEJO DELIBERANTE EL PRESIDENTE DEBIÓ LEVANTAR LA SESIÓN POR FALTA QUÓRUM EN EL PUNTO OCHO. EL TRATAMIENTO: PROYECTO DE ORDENANZA SOBRE LAS 26 HECTÁREAS AFECTADAS A VIVIENDA Y HÁBITAT
El viernes se realizó en el Concejo Deliberante la primera sesión del mes septiembre bajo la modalidad mixta (presencial y online) y una mala trasmisión por youtube difícil de seguir. El orden del día contaba con dieciochos puntos.
Si bien un proyecto de comunicación sobre la
preocupación sobre la policía bonaerense (con
actuaciones que tuvo en vilo a la ciudadanía la semana pasada) presentado
por Juntos por el Cambio, llevó un largo debate en las modificaciones que se
pretendía introducir por parte de la oposición, la sesión transitaba por los
carriles relativamente normales.
Pero cuando se abordó el punto ocho, la diferencias
hicieron eclosión y la oposición en su conjunto (los tres bloques) dejaron la
sesión sin quórum. El tema se refería a las 26 hectáreas (denominadas
catastralmente como IV-6BZ) destinadas a zanjar la demanda habitacional. Esto
involucra la infraestructura y equipamiento urbano
En el articulado se declaraba de interés municipal
la división de las 26 hectáreas con la adecuación de las manzanas y parcelas al
“Programa Plan Familia Propietaria”. Estas tierras fueron cedidas de acuerdo a
la ley de hábitat por Pinamar S.A. a partir de un nuevo loteo que llevara
adelante la loteadora allá por el año 2013. La demanda de los concejales y
concejalas de la oposición no radicaban
en este punto, en el que a pesar de las dudas que implica incluir a estas
tierras en el programa mencionado, el voto sería afirmativo.
El director Fernando Avila sostiene que es la mejor
solución para lograr la agrimensura y subsidios para el equipamiento de las
tierras, según las propuestas de los funcionarios del Instituto de la Vivienda.
Estas tierra ya cuentan con un proyecto de urbanización realizado por el
Universidad de Arquitectura de Buenos Aires.
Pero las diferencias en el cuerpo Legislativo se
manifestaron en el Artículo 2 que
“preveía obtener recursos por la venta a terceros de los lotes adquiridos que
se depositaran en el Fondo de Tierra, Vivienda, Infraestructura y Equipamiento
Urbano de Interés Social”. La implementación y su creación fue en el año 1991
por la Ordenanza 0957 que entre otros ítem el fondo se nutre del aporte financiero que destine anualmente,
la Municipalidad cuyo valor no podrá ser inferior al 5% de la recaudación anual
en conceptos de Derechos de Construcción. Al mismo tiempo la Ordenanza 4736/16
también destina un porcentaje al fondo sobre el derecho de participación en la
renta diferencial urbana (plusvalía). En casi tres años desde la sanción el
Fondo de Tierra y Vivienda no es
significativo.
La oposición argumentaba que en esta instancia la venta de los lotes, producto del
fraccionamiento no correspondía y se adelantaba a una serie de formalidades
(equipamiento y servicios, financiamiento)
que aún no estaban dispuestas en este contexto.
La venta se realizaría a los postulantes,
seleccionados a partir de los grupos censados y registrados por la
Subsecretaria de Vivienda y Hábitat. Por otro lado se reserva un 10% para postulantes que representen
vulnerabilidad social y un 10% para personas con discapacidad con CUD vigente.
El retiro de
los siete concejales y concejalas de la sesión virtual se debió a la lectura del
escenario, ya que a pesar de su
oposición, el oficialismo aprobaría el proyecto de ordenanza con el doble voto
del presidente, puesto que en la votación hubo una revisión de votos que le
proporcionaba las manos a Juntos por el Cambio
En medio de la conmoción hubo llamados y resignación por parte del
oficialismo. Pero a esa altura se había tirado demasiado de la cuerda.
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