miércoles, 9 de septiembre de 2020

Medidas para aliviar a sectores afectados por la Pandemia

INFORMACIÓN MUNICIPAL


Nuevas ordenanzas fueron aprobadas en Pinamar, tendientes a generar alivio para sectores que están siendo afectados por la actual situación de pandemia. Gabriel Videla, desde la Secretarìa de Hacienda y Modernización del Estado, brindó detalles de estas iniciativas acompañadas desde el Honorable Concejo Deliberante: "Junto al equipo legislativo de Juntos por el Cambio empezamos a delinear estas ordenanzas buscando aliviar la situación de algunos sectores que han sido duramente afectados por la situación de pandemia. Realizamos proyectos de alivio fiscal para hoteleros y comerciantes. Aplicamos, desde estos proyectos, condonaciones en el interés de las deudas de 2019 a 2020. La prioridad la tienen aquellos establecimientos que abren sus puertas todo el año".

"También pensamos un descuento para monotributistas en la Tasa de Seguridad e Higiene de cara al 2021. Los descuentos y posibilidades de planes de pagos son muy interesantes y creemos que son un aliciente para poder seguir adelante en este contexto", explicó Videla, "Hasta diciembre de este año tendrán la posibilidad de adherirse a estos planes. Buscamos ofrecer posibilidades para todas estas áreas. Los invitamos a todos a informarse por los canales habituales".

"Monotributistas y responsables inscriptos tienen beneficios. Estamos seguros que muchos estarán muy interesados y para el Municipio es importante poder contar con ese ingreso que vuelve en servicios para los vecinos y vecinas", detallaron. 

Además, las ordenanzas incluyen excepciones para el caso de habilitaciones de varios rubros que fueron afectados por la pandemia: "Son descuentos y facilidades para las renovaciones. Con condonaciones y quitas en los montos e intereses sobre esas tasas. Es bueno recordar que el resto de requerimientos para habilitar o renovar una habilitación se seguirá solicitando como siempre".

Beneficios Rubro Hotelería:

Quita de 100% de intereses y hasta un plan máximo de 4 pagos consecutivos sin interés de financiación para el Rubro Hotelero para la deuda por la Tasa de Servicios Urbanos y las que con ella se devenguen para el periodo comprendido entre Enero del 2019 y Noviembre del 2020.

Se podrán adherir a los planes en cuotas o pago contado desde el 01 de Octubre hasta el 30 de Diciembre de 2020 inclusive. En caso de optar por pago en cuotas, el anticipo deberá ser abonado al momento de adhesión. al plan y el pago de la primera cuota operará durante el mes inmediato posterior a la fecha de adhesión.

El contribuyente podrá optar por diferir el pago del anticipo al mes inmediato posterior a la fecha de adhesión mediante la entrega de un cheque con fecha de cancelación en el transcurso de dicho mes.

La eximición para el caso de los Responsables inscriptos de Rubro Hotelero representará un 50% de la Tasa de Seguridad e Higiene que surja de la presentación de la Declaración Jurada Anual de Alojamiento 2020, para el caso de los Monotributistas la eximición representará un 50% del Mínimo Anual del periodo 2021.

Beneficios Rubro Comercio/Gastronomía: 

Quita de 100% de intereses y hasta un plan máximo de 4 pagos consecutivos sin interés de financiación para los comercios, para la deuda por la Tasa de Servicios Urbanos y las que con ella se devenguen para el periodo comprendido entre enero del 2019 y noviembre del 2020.

Se podrán adherir a los planes en cuotas o pago contado desde el 01 de Octubre hasta el 30 de diciembre de 2020 inclusive. En caso de optar por pago en cuotas, el anticipo deberá ser abonado al momento de adhesión al plan y el pago de la primera cuota operará durante el mes inmediato posterior a la fecha de adhesión. El contribuyente podrá optar por diferir el pago del anticipo al mes inmediato posterior a la fecha de adhesión mediante la entrega de un cheque con fecha de cancelación en el transcurso de dicho mes. 

La eximición para los Responsables inscriptos del rubro Gastronómico y comercial representará hasta el 50% del mínimo a pagar de los periodos vencidos durante los meses de marzo a noviembre y para los Monoributistas la eximición será de hasta un 50% del Mínimo Anual 2021. La condonación del párrafo anterior se aplicará a los comercios que durante el año 2019 hayan desarrollado actividades durante todo el año calendario.

Las transferencias de habilitaciones comerciales que se realicen durante el periodo 01/09/2020 al 01/11/2020 no tendrán costo. Es un requisito obligatorio para aplicar dicho beneficio que no registren deuda municipal al momento de solicitar la transferencia.

Las habilitaciones comerciales que hayan vencido o estuvieran por vencer desde el 20/03/2020 hasta que finalice el año en curso, quedan exceptuadas del pago del trámite de renovación de habilitación.

Aquellas personas residentes del Partido de Pinamar que desean habilitar un comercio durante el periodo 20/08/2020 al 30/09/2020 podrán hacerlo abonando el 50% del valor de la Tasa por Habilitación de Comercios e industrias, siempre y cuando no registren deuda en otra tasa municipal al momento de solicitar la habilitación.

Hasta 12 cuotas para el pago de la tasa de Habilitación.

​Condonación de deuda: 

Condonación el cobro de intereses y recargos sobre deudas contraídas por Tasas, Derechos y Contribuciones en el período comprendido entre Marzo y Noviembre del 2020.

El contribuyente que haya caído en mora en el periodo Marzo-Noviembre conservará el beneficio del artículo 37 de la ordenanza Nº 3062 Código Tributario por buen cumplimiento.

Para los contribuyentes que tengan el beneficio de Vivienda Única y Permanente y se encuentren con deuda por el periodo mencionado seguirán contando con dicho beneficio para el cálculo de la misma.  

El Departamento Ejecutivo está facultado para conceder un plan a los contribuyentes para el pago de la tasa de Servicios Urbanos adeudada con plazo máximo de cancelación de la ultima cuota en Diciembre del 2020.

Jonathan Perrotta, secretario del área, sumó: "Buscamos darle aire a estos sectores, el momento requería de nuestra acción y tuvimos un buen acompañamiento del Concejo Deliberante. Es importante que los responsables de estos establecimiento tengan su declaraciones juradas listas para poder acceder a estos beneficios. También, como se dijo, los beneficios alcanzan las habilitaciones. Entendemos que las cargas tributarias municipales son las menores pero desde nuestro lugar hacemos lo máximo para acompañar a los pinamarenses".

"Necesitamos un Estado que acompañe. Que no le de la espalda al que tributa y moviliza la economía de Pinamar. En eso pensamos cuando generamos este tipo de herramientas", finalizaron desde Hacienda. 

Podés acceder a más información a través de ventanilla.pinamar.gob.ar  o utilizar autogestion.pinamar.gob.ar 

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