jueves, 9 de junio de 2016

ADDUC Informa

LA PRESIDENTA DE ADDUC- FILIAL PINAMAR, DRA. LAURA AMARILLO, PRESENTÓ ANTE LA JUSTICIA LA INTIMACIÓN A LAS COOPERATIVAS SOBRE LA SUSPENSIÓN DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 22/2016

Esta mañana la Dra. Laura Amarillo presentó en el Concejo Deliberante la intimación que realizara ADDUC anta la Justicia, para que las  Cooperativa de Pinamar, General Madariaga y Villa Gesell cesen de inmediato el cobro y facturación indebida, bajo apercibimiento de solicitar al Juzgado interviniente, la efectiva aplicación de astreintes.

Documento completo

En mi carácter de responsable de ADDUC - Filial Pinamar, y en representación de todos los usuarios del Servicio de energía eléctrica de éste Partido, me dirijo a Ud., a fin de notificarle que ésta Asociación iniciará las acciones pertinentes por el incumplimiento de vuestra cooperativa, en  relación a la suspensión de la Resolución Ministerial N°22/2016, dictada en fallo judicial del Juzgado contencioso Administrativo N°1 a cargo del Dr. Luis Federico Arias, del Dpto. Judicial de La Plata en autos 35767  COLECTIVO DE ACCIÓN EN LA SUBALTERNIDAD C/EDELAP SA EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA LA PLATA Y OTRO S/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA”, que en su parte pertinente dispone:

“La Plata, 02 de junio de 2016 (…) RESUELVO (…) 3. Aclarar que la medida cautelar dispuesta en autos comprende a todas las distribuidoras de energía eléctrica provinciales o municipales que operen en el territorio provincial, incluidas las cooperativas, las cuales deberán abstenerse de aplicar a los usuarios del servicio público de energía eléctrica el régimen tarifario contemplado en la Resolución Ministerial N°22/2016,.” Fdo.: LUIS FEDERICO ARIAS. Juez”.-

Que por otra parte, el órgano de control OCEBA, mediante NOTA N° 1795/16, firmada por el Dr. Jorge Alberto Arce, notifica a todas las distribuidoras con fecha 06/06/2016, las Resoluciones en dicha causa, quedando expresamente notificadas todas las distribuidoras provinciales y municipales entre las que se encuentra CALP Ltda., cuya copia se adjunta impresa a la presente,  indicando:

“(…) Deberán tener en cuenta que la medida cautelar dispuesta en los mentados autos comprende a todas las distribuidoras de energía eléctrica, provinciales o municipales, incluyendo las cooperativas. En lo más estricto deben abstenerse de aplicar a los usuarios del servicio público de energía eléctrica el Régimen tarifario contemplado en la Resolución Ministerial N°22/2016.

Por otra parte, en el plazo de tres (3) días, deben ajustar su facturación a los valores vigentes con anterioridad a la resolución suspendida, esto es, con todos los cargos, conceptos y modalidades de la pretérita regulación tarifaria.


Finalmente se deben suspender los vencimientos de las facturas, ya emitidas, hasta tanto se emita la nueva facturación conforme a lo dispuesto en el fallo, sin que ello implique la interrupción del servicio o la alteración de la prestación.-"

Habiendo verificado ésta asociación en el día de ayer, miércoles 08 de junio, que la cooperativa persiste en la facturación conforme la Resolución suspendida, informando a los usuarios, que Pinamar, Madariaga y Villa Gesell, están exentos del fallo; es que ésta Asociación los intima, cesen de inmediato el cobro y facturación indebida, bajo apercibimiento de solicitar al Juzgado interviniente, la efectiva aplicación de astreintes.

Solicito por su intermedio, se emita comunicación fehaciente, notificando a la totalidad de los usuarios, la Nota del OCEBA, para tranquilidad de los vecinos de nuestro partido.


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