sábado, 14 de septiembre de 2019

Un alivio en las habilitaciones comerciales


EL CONCEJO SANCIONÓ UNA ORDENANZA CON EL FIN DE AYUDAR AL SECTOR PRODUCTIVO REDUCIENDO LA PRESIÓN TRIBUTARIA POR UN PERIODO DE TIEMPO

Debido a la situación económica social y financiera que atraviesa Pinamar en particular y el país en general, el Concejo trató en la última sesión ordinaria la regulación normativa tendiente a amparar y garantizar a las personas a acceder a un puesto laboral, en función de creer un escenario más favorables para los  emprendimientos comerciales.


Los ediles consideraron a través del proyecto de ordenanza  que “es obligación del Estado Municipal acompañar los nuevos emprendimientos”. En esta oportunidad la normativa se centró  en los comerciantes desean expandir sus actividades con nuevas sucursales, sobre todo cuando éstas puede resultar una salida laboral para los miembros de la familia del comerciante y de no ser así generar nuevos puestos de trabajo a favor de la rueda productiva.

En estos tiempos de recesión los comerciantes se enfrentan al esfuerzo que implica mantener un comercio abierto todo el año. Y en el caso de querer expandirse con la apertura de sucursales deben afrontar todas las erogaciones como si fuera un nuevo comercio.

La  ordenanza “tiene por objeto beneficiar a aquellas personas humanas o jurídicas que sean o no residentes, para la apertura de un comercio en el Partido de Pinamar y para aquellos que teniendo un comercio instalado en el Partido de Pinamar, pretendan abrir una sucursal dentro del Partido”, reza el primer artículo.

La apertura de una sucursal implica segundo o más puntos de venta, que desarrolle misma actividad, bajo el mismo nombre de fantasía y por la misma persona humana y/o jurídica del comercio principal.

El proyecto fue enviado por el área de Habilitaciones del DE (a cargo de Claudia Cassetti) y mejorado en la Comisión de Presupuesto cuya presidencia esta cargo de Daniel Bermudez.

El proyecto establece:

PRIMERA HABILITACIÓN RESIDENTES: Aquellas personas humanas y/o jurídicas, residentes del Partido de Pinamar, podrán habilitar el primer comercio abonando el 50% del valor de la Tasa por Habilitación de Comercios e industrias, siempre y cuando no registren deuda en otra tasa municipal al momento de solicitar la habilitación.

PRIMERA SUCURSAL RESIDENTES: Aquel titular o titulares de un comercio habilitado en el Partido de Pinamar, que sea o sean residentes, y que ya posean un comercio habilitado, podrán abrir una sucursal de su comercio abonando el 50% del valor de la Tasa por Habilitación de Comercios e industrias.


SEGUNDA SUCURSAL RESIDENTES: Aquel titular o titulares de un comercio habilitado en el Partido de Pinamar, que sea o sean residentes, y que ya posean una sucursal, podrán realizar la apertura de una segunda sucursal de su comercio abonando el 25% del valor de la Tasa por Habilitación de Comercios e industrias. El mismo beneficio se reitera para las subsiguientes habilitaciones de sucursales.

PRIMERA HABILITACIÓN NO RESIDENTES: Aquellas personas humanas y/o jurídicas, que no sean residentes del Partido de Pinamar, podrán habilitar el primer comercio abonando el 75% del valor de la Tasa por Habilitación de Comercios e industrias, siempre y cuando no registren deuda en otra tasa municipal al momento de solicitar la habilitación.

ARTICULO 7: PRIMERA SUCURSAL NO RESIDENTES: Aquel titular o titulares de un comercio habilitado en el Partido de Pinamar, que no sean residentes, y que ya posean un comercio habilitado, podrán abrir una sucursal de su comercio abonando el 75% del valor de la Tasa por Habilitación de Comercios e industrias.

SEGUNDA SUCURSAL NO RESIDENTES: Aquel titular o titulares de un comercio habilitado en el Partido de Pinamar, que no sean residentes, y que ya posean una sucursal, podrán realizar la apertura de una segunda sucursal de su comercio abonando el 50% del valor de la Tasa por Habilitación de Comercios e industrias. El mismo beneficio se reitera para las subsiguientes habilitaciones de sucursales.

De ser promulgada por el Intendente la ordenanza tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre


No hay comentarios:

Publicar un comentario