viernes, 29 de marzo de 2019

El Concejo Deliberante y los reclamos sobre la tarifa del gas

EL BLOQUE DE PROPIN ELEVÓ UN NUEVO PROYECTO DE COMUNICACIÓN EN EL QUE EXHIBE LAS DIFERENCIAS DE INTERPRETACIÓN CON BERTOZZI, SOBRE EL AMPARO DICTADOS POR EL JUEZ RAMOS PADILLA. LA INTERPRETACIÓN DE EL DIRECTOR DE LA OMIC IRÍA EN CONTRA  DE LOS INTERESES DE LOS USUARIOS. 


Con fecha 28 de marzo el diario “El mensajero” publicó una comunicación de la concejala del Cambiemos, Alejandra Polonio, bajo el titilo: “El frío y las tarifas del gas. El reclamo de incluir a Pinamar en la zona fría”. En ella explica las acciones que la oficina de OMIC lleva adelante en materia de reclamos sobre la tarifa de gas en defensa de los usuarios que hoy padecen el corte del suministro.   

“Hoy me reuní con el equipo del OMIC, a cargo del cuestionado Pablo Bertozzi, para saber lo trabajado con respecto a estos temas. Les cuento -explica Apolonio- que ya fueron presentados los informes econométricos y estudios de estacionalidad correspondientes a la Empresa Camuzzi para que Pinamar sea declarada zona fría. Esto quiere decir que se está pidiendo que se suban los umbrales de consumo de cada categoría.

También junto a la Secretaría de Desarrollo y Proagas se armó un protocolo para evitar los cortes de gas atento al fallo judicial que determina el procedimiento para abstenerse a dichos cortes. Desde el OMIC me cuentan (manifiesta Apolonio) que se está trabajando ya con aquellos vecinos en situación de cortes para evitarlo.
Si tenés aviso de corte dirigite a las Oficinas del OMIC para que te asistan o denuncialo a www.reclamospinamar.gob.ar para que gestionen un plan de pagos acorde a tu situación económica. #cercadelosvecinos”.

La iniciativa de Apolonio se debe a que el tema fue tratado durante la semana en el Concejo Deliberante, con un proyecto de Comunicación del bloque de ProPin que sigue su cruzada con una serie de acciones que lleva más de dos años en favor de los usuarios que incluye (valga la redundancia) la inclusión de Pinamar en la declaración de zona fría.   

Como coloraría del trabajo legislativo se tratará en la sesión esta mañana el proyecto de comunicación por el cual se le “solicita  al Juzgado Federal, Secretaria Civil, Comercial, Laboral y Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Dolores a cargo del Dr. Ramos Padilla (Juez Federal) aclare al Honorable Cuerpo Deliberante con habilitación de días y horas inhábiles el alcance de la medida cautelar dictada en su auto resolutivo de fecha 21 de mayo de 2018 en expediente judicial caratulado: "Consumidores Argentinos-Asociación para la Defensa, Educación e información de los consumidores c/ P.E.N. y otros s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”.

El Concejo le pide que “fundamentalmente determine si la medida cautelar resulta ser restrictiva en beneficio solo de aquellos usuarios que gozan de tarifa social y/o beneficia a todos los usuarios del servicio de gas, como así también determine si actualmente se encuentra en vigencia la medida cautelar dispuesta, como cualquier otro dato de interés”.


La comunicación se debe a una diferencia de interpretación que el bloque de ProPin mantiene con Bertozzi sobre la aplicación de la norma y los alcances de la misma. En este sentido entre los considerando el documento legislativo sostiene que “con fecha 19 de octubre de 2018, el Dr. Pablo A. E. Bertozzi lejos de dar cumplimiento con lo solicitado se arroga la facultad de dictaminar interpretando erróneamente el alcance de la medida cautelar al citar: "Que por esta razón dicta una medida cautelar interina (art.4 inc.1, tercer párrafo de la Ley 26.854),cuya eficacia se extenderá hasta el momento de la presentación del informe o del vencimiento del plazo fijado para su producción. Que el Director de la OMIC aplica un articulado incorrecto al dispuesto por el Juez en su resolución, acotando de esta forma el plazo de vigencia de la medida cautelar; cuando de rigor, en verdad la resolución Judicial de fecha 21 de mayo de 2018 se dictaminó lo siguiente: "la cautelar interina que se habrá de dictar se encuentra regulada por el artículo 5to citado, en función del artículo 2 inciso 2,(plazo de 6 meses y en los juicios de Amparos plazo de 3 meses…”.

Las críticas a Bertozzi sobre su labor al frente de la oficina de OMIC se recrudecen por parte de la oposición. Recordemos que el tío del intendente ya fue desplazado de la Dirección de Fiscalización que manejaba en paralelo con la OMIC, según él era ad honoren, envuelto en denuncias que se tramitan en la justicia  sobre   la colocación  de puestos truchos en la playa de Cariló junto con Sebastián Manrique.

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