domingo, 9 de abril de 2017

Transparencia

GACETILLA DEL FpV: CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN RECÍPROCA SOBRE DISPOSICIÓN DE RESIDUOS DE DEMOLICIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL  MADARIAGA Y LA MUNICIPALIDAD DE PINAMAR.


Por medio de la Secretaría de Gobierno, con fecha 31 de octubre del 2016, el Departamento Ejecutivo solicita actuaciones administrativas
caratuladas:

A fojas Nº 2 se plantea la problemática nacida a partir de la ordenanza 4528/14 y conforme de la sanción de la Ordenanza 4798/16 cuyo espíritu es la de proteger nuestro principal recurso- la Arena. Los fundamentos del D.E expresa que “existe gran cantidad de residuos de obra que por cuestiones de salubridad resulta conveniente trasladarlos fuera del partido de Pinamar”. En virtud de ello y conforme el artículo número Nº 5 de la Ordenanza 4798/16, el departamento ejecutivo propone el convenio a tal fin.

En síntesis; el artículo primero, acuerda la posibilidad de la autorización de este HCD de homologar el convenio con el objeto de que el material de relleno y demolición de obra de Pinamar pueda ser acarreado, trasladado y volcado en el predio municipal, chacra 56 de General Madariaga.
En este orden “la municipalidad de Pinamar manifiesta que solo autorizará la disposición de residuos de demolición y material de relleno que no atenten contra el medio ambiente, y que se trate propiamente de residuo de obra y no de arena limpia”.

En este sentido creemos que las bases del fundamento para el diseño del Convenio Marco es errado por lo cual no cumpliría más con nuevas confusiones y denuncias de los ciudadanos al no definir cada situación del acuerdo (determinación de arena limpia- arena de relleno y diferenciarlo con el escombro o material de residuo de obra).

El Residuo de Obra no tendría porque terminar en el predio de la Municipalidad de Pinamar, dado que existe un proceso de separación de residuos de obra in situ y acuerdos con privados para su disposición final mediante la contratación por parte del concesionario para el traslado y la disposición final de los materiales.



Por otro lado el convenio estaría autorizando a trasladar fuera del partido de Pinamar material de relleno de obra, dando lugar a trasladar arena de relleno, generando confusión de lo que puede salir del partido y lo que no y en detrimento de la tan mentada transparencia.
Al mismo tiempo este producto minero arena limpia o de relleno es re utilizable para nuestro municipio, en diversas variables (subsidiariamente- comercialmente) reconstruyendo el cordón medanoso y a modo de a modo recurso genuino ampliando la recaudación de nuestro municipio.

Estamos convencidos que podríamos trabajar un convenio marco superador, con reglas claras, donde toda la comunidad se vea beneficiada con esta nueva mirada que proponemos de optimizar y cuidar el Recurso Genuino en beneficio de toda la comunidad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario