martes, 25 de agosto de 2015

Se complica la situación de Alejandro Aguirre, alias el "Japo"

TRATA: PENAS DE 8 Y 16 AÑOS Y UNA ABSOLUCIÓN, EL PEDIDO DE LA FISCALÍA 

Fuente: Código Mar del Plata

En instancia de alegatos, el fiscal de Distrito Daniel Adler, dio por probado el delito de trata con fines de explotación sexual, del que fueron víctimas dos niñas de 15 y 16 años, y una joven, quienes fueron engañadas con falsas promesas de trabajo para viajar desde el conurbano a Pinamar.

El juicio oral y público por trata de personas con fines de explotación sexual que se está desarrollando en Mar del Plata entró en etapa de alegatos. El fiscal federal de Distrito Daniel Adler solicitó penas de 16 y 8 años para Alejandro Daniel Aguirre y Gonzalo Matías Aguirre, respectivamente, por haber engañado en el verano de 2013 a tres mujeres –dos de ellas niñas de 15 y 16 años- en Florencio Varela, con falsas promesas de trabajo. Para la tercera imputada solicitó la absolución al entender no acreditada su participación criminal en el hecho y contemplar, entre otras cuestiones, su situación de extrema vulnerabilidad, las amenazas denunciadas durante el debate y la ausencia de un “efectivo acceso a la justicia”.

Acompañado por el fiscal federal de Dolores, Orlando Giménez, Adler pidió también el decomiso del Renault Logan que Aguirre usó no sólo para el traslado de las adolescentes desde el conurbano a Pinamar, sino también para llevarlas a concretar la explotación sexual. Además –por haberse cometido el delito con ánimo de lucro- impuso multas de 80 mil y 50 mil pesos para padre e hijo, respectivamente.

Enseguida, señaló que –conforme el artículo 23 del Código Penal- “corresponde que tanto las multas a imponer y el decomiso sean afectados a programas de asistencia a las víctimas, debiendo ordenarse luego del pago de las multas y de la realización del vehículo en cuestión, el depósito del dinero en cuenta oficial a nombre de cada una de las víctimas”.

Y como último punto, requirió que se remita copia de lo actuado al Colegio de Abogados Departamental, en relación a la actuación del abogado defensor Héctor Zamora, a fin de que se evalúen las sanciones disciplinarias correspondientes por la presunta violación al artículo 60 de la ley 5177 –que da cuenta de la prohibición de defender intereses encontrados- y a las normas de ética profesional del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Zamora, defensor de Alejandro y Matías Aguirre, también asesoró a la tercera imputada, quien dijo –en el testimonial prestado en el juicio- que fue llevada bajo amenaza a “mentir” ante la Justicia.

En relación a la situación de las adolescentes, Adler reparó: “Se trataba de dos niñas que se encontraban a casi 400 kilómetros de su casa, sin dinero y con escasos conocimientos para salir de un lugar donde Alejandro Aguirre tenía efectivo dominio, y además hacía notar sus influencias políticas y su capacidad de dañar”.

El argumento central que usó Aguirre en su defensa fue que se trababa de una causa armada por intereses políticos. “Sin embargo no pudo explicar en qué momento y de qué modo las niñas se relacionaron con gente de la política que lo quisiesen perjudicar”, expresó Adler. De hecho, “de un modo prácticamente inmediato las niñas escaparon hacia la comisaría y de allí fueron alojadas en el Hospital Municipal donde recibieron asistencia”.

“UNA PYME FAMILIAR CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL”

Durante su alegato, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló que se trataba de una suerte de “pyme familiar con fines criminales, de explotación sexual” –allí ubicó a Alejandro Aguirre como “dueño del negocio”-, y en este sentido se refirió a un informe elaborado por Protex y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip): “(Las redes de trata relevadas en causas judiciales) podrían ser caracterizadas como redes no profesionalizadas, ciertamente poco estructuradas (…) muchas veces de carácter familiar”.


En ese escenario, mencionó que Gonzalo Matías Aguirre colaboró con los hechos, “con pleno conocimiento y voluntad”. “Su rol no fue necesario sino accesorio, pero su contribución al hecho total debe igualmente ponderarse”, sostuvo y mencionó diversos elementos: dijo que fue el encargado de conseguir el departamento donde se alojó a las víctimas y lo visitó, compró los pasajes –ida y vuelta- de la joven víctima, e incluso fue acusado por la imputada y su hermana de amenazar a su padre: “Ojo con lo que va a declarar tu piba”, le dijo diez días antes de iniciarse el juicio.

ABSOLUCIÓN PARA UNA IMPUTADA

En relación a la mujer imputada, sostuvo: “El Ministerio Público Fiscal no forma convicción acerca de su participación criminal en el hecho. No alcanza con la realización de actos materiales sino que estas acciones externas deben estar cargadas de subjetividad final, esto es dirigidas a un propósito criminal, y más aún en el caso de trata de personas donde al dolo se agrega una finalidad interna trascendente en el tipo final, esto es la explotación humana”.

“Este cambio de posición del MPF no resulta arbitrario sino que se funda en lo sucedido en el juicio”, apuntó y se refirió a la declaración que prestó la imputada en el debate oral. “No sólo se apartó de lo que había dicho en primera instancia, sino que manifestó que su declaración había sido convenida con el abogado de los coimputados”, apuntó. Esto lo dijo frente al mismo abogado y con el control de los Aguirre que escucharon el relato, quienes no requirieron la confrontación en ningún momento.

En un pasaje del alegato, Adler reparó en que la imputada tiene una hija menor, producto de una violación que sufrió a los 13 años, que dijo que aceptó viajar a Pinamar para comprar los útiles para la escuela de la niña, y que no tenía empleo. Además, reparó en que dormía en el mismo lugar que el resto de las víctimas, y que sólo estuvo tres días al pedir volver a su casa.


Al mismo tiempo, el fiscal de Distrito reparó en “la ausencia, hasta el juicio, de un efectivo acceso a la Justicia, en un entorno en el cual, con evidentes intereses contrapuestos, fue imputada de un delito gravísimo en el cual fue llevada a defenderse por el mismo abogado que representó a los principales imputados”.

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