miércoles, 28 de diciembre de 2016

Eduardo Canitrot: Usos y Abusos

UN DICTAMEN DE LA ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO LE DICE A LA MUNICIPALIDAD QUE EL SECRETARIO CANITROT DEBE DEVOLVER EL ADELANTO JUBILATORIO QUE PERCIBIÓ POR MÁS DE TRES AÑO AL ACOGERSE AL  BENEFICIO PREVISIONAL DE EX COMBATIENTE. 

El 1 de diciembre de 2016 Asesoría General de Gobierno emitió un dictamen a la Municipalidad de Pinamar por el cual le deniega el anticipo jubilatorio al Secretario de Desarrollo Social, Eduardo Canitrot que percibió a partir del año 2012 durante la administración altierista hasta el momento que fue nombrado en su funciones por Martín Yeza.

La inquietud partió del Concejo Deliberante a través de la  Comunicación 3273, elevada por la Comisión de Asuntos Legales y sancionada el 22 de julio de este año, por la cual se le solicitó al Departamento Ejecutivo que a través de la Dirección de Personal remita un informe detallado desde la primera presentación del Señor Canitrot, el 1 de julio del 2012, para acogerse a la jubilación.

Eduardo Canitrot tomado por la policía cuando intentaba
pegarle a los periodistas en defensa de Altieri
Si hacemos un poco de historia el beneficio fue otorgado mientras Canitrtot se desempeñaba como Director del Cementerio, por  un decreto del 28 de junio de 2012  rubricado por Altieri y Alberto Morales, de acuerdo al informe que elevara la Oficina de Personal que se encontraba a cargo de Marta Villanueva. El Decreto 737/12 le permitió acogerse a la ley que confiere beneficios previsionales a los ex combatientes de Malvinas y se amparó en el anticipo jubilatorio del sesenta por ciento (60%) del sueldo más bonificaciones y el cien por ciento del subsidio de la Ley 12875. Por otro lado también se le liquidaron las vacaciones no gozadas de 28 días de 2011. El ex veterano de Malvinas se las pensaba todas.

Cuando Canitrot ingresó nuevamente al Municipio el 10 de diciembre se suspendió el proceso jubilatorio que ya venía demorado y nadie decía nada. De hecho cuando esta periodista consultó a Gustavo Sagrario, director de Administración, el funcionario se mostró sorprendido  por la prolongación en el tiempo del adelanto jubilatorio, ya que el trámite dura poco más, poco menos, unos tres meses y luego el IPS le rembolsa al Municipio los aportes abonados al beneficiado, y en este caso ya llevaba tres años. Al momento de la consulta Marta Villanueva era la que se encontraba a cargo del IPS local. Es verdad aunque usted no lo crea.


Durante la campaña, haciendo uso y abuso de su condición de ex veterano de Malvinas y militante Pro, Canitrot, le realizó un escrache a Pedro Elizalde por el atraso en el subsidio, haciendo mención por oposición al excesivo sueldo que cobraba como intendente, que si bien es cierto, tanto Altieri como Yeza lo cobraron y lo cobran también. Recordemos que hoy se encuentra al frente de la Secretaría de Desarrollo Social con fuertes críticas por su incapacidad y percibe  un sueldo de 66.529.46   pesos con un costo municipal de 86.808.10 pesos. Por otro lado, el gran soldado que persiguió sacado y a golpes a los periodistas de CQC en  aquel fatídico 2 de abril, percibe además los subsidios nacionales y provinciales que son inferiores al que se otorgó por ordenanza en el Municipio de Pinamar.

El dictamen de Asesoría de Gobierno “le niega el derecho a seguir percibiendo el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional. Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán el carácter de anticipo, y serán deducidas al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes”.  Y  el cuarto párrafo aclara: “Consecuentemente, producido el cese de un agente sin los recaudos para acceder a la pasividad, al que se le hubiere liquidado anticipo jubilatorio, corresponde la obligación de devolver la totalidad de las sumas percibidas por dicho concepto”.

El documento emitido por Asesoría dictamina que durante el lapso transcurrido entre el cese dispuesto por Decreto Nº 737/12 -de Altieri- y la reincorporación por su similar Nº 475/16 -de Yeza-, no existió prestación de servicios efectivos por parte del nombrado, razón por la cual resulta inviable abonar su contraprestación, es decir, la remuneración (artículos 8º y concs. Ley Nº 11.757 y 5º y concs. Ley Nº 14.656). Y concluye que con los argumentos expuestos el Municipio podrá resolver la impugnación deducida contra el Decreto N° 475/16.

Ahora la pelota pasó para la Oficina de Personal de la Municipalidad. Al mismo tiempo se deberá reflexionar sobre  lo realizado por un hombre que envuelto en símbolos patrios tan sentidos hace uso y abuso de una condición que  toca las fibras más íntimas de los argentinos. 

Otro detalle a tener en cuenta es que a Canitrot le quedarían tres años en función pública con un sueldo abultado que sale de las arcas municipales, por lo que no le resultará difícil regularizar la situación y devolver el dinero al Municipio. En definitiva todo sale del mismo bolsillo: el del pueblo de Pinamar.

Se agradece la información brindada por Marcos Guerrero


No hay comentarios:

Publicar un comentario