GUARDAVIDAS: UNA NORMA LEGISLATIVA PARA ACLARAR LO OBVIO
Todos los años y a
poco de realizarse el concurso para el ingreso de los guardavidas (una especie de reválida) que permite confeccionar el listado por orden de mérito y puntaje,
el área de Seguridad en Playa realiza diferente tretas para modificar las
ordenanzas que marcan las bases del ingreso de guardavidas por concurso. No
importa el gobiernos que fuese, desde el 2011 el Concejo junto con
la AGP (Asociación de Guardavidas de Pinamar) tienen que sortear las embestidas
que intentan el retorno a la discrecionalidad en los nombramientos.
En esta oportunidad se solucionó a través de un proyecto que
en principio sería una resolución y después se decidió por una ordenanza. La falencia
estaba dada por la discrecionalidad que presentaba
el Aartículo 22 de la Ordenanza 4663/15 que a su vez modificaba a la
3780/11 y derogaba la 4485/14, recorrido
que llevó un debate a fin de la perfectibilidad de la norma.
El citado artículo establece que la localía o antigüedad en
el Partido: “se verificará por las constancias del Registro de Estado Civil de
las Personas”. El texto de la norma provocaba mucha confusión en la Dirección
de Frente Marítimo adjuntada al mal tino del responsable que le impide
razonamiento de verificar esta condición por medio de otros documentos, como partida de
nacimiento o los certificados escolares,
por ejemplo. Recordemos que el Documento Nacional de Identidad modificó las maneras
de ser expedido.
“La aplicación de esta lógica contrariaba el espíritu de la
ordenanza primigenia. Por otro lado, más allá de un caso en particular que
llegó al Concejo, la AGP ha discutido más 25 casos por concurso que se realizan
anualmente para la puntuación de los guardavidas”, explicó Fernando
Espinach.
El cuerpo legislativo reemplazó el párrafo por el siguiente:
“Cualquier instrumento público” y se derogaron las ordenanzas 4663/15 y 4485/14
ya que la primera dejaba sin efecto la del año dos mil catorce. En resumen
quedaron firme la 3980/11 y esta nueva norma que fue aprobada por unanimidad.
Al mismo tiempo aprovechando la decisión de los ediles en
comisión, consensuada con la AGP por la cual se remediaba la problemática de
los nacidos y/o criados en Pinamar en función de la corta mirada de los
responsables del departamento marítimo, Seguridad en Playa presentó a través de
Bloque del Pro, en la en la Comisión de Asuntos Legales una modificación más
profunda del Articulo 22 en cuestión que
establece además (por diferentes ítems) el ingreso por puntaje de los
guardavidas al Municipio. Historia que se repite año tras año.
Por distintas razones que involucran aquel alejamiento del
primer director de Seguridad en Playa, en los comienzos de la gestión de Martín
Yeza, su sucesor y actual director había impugnado el
concurso por lo que dejó guardavidas, que habían aprobado las marcas
establecidas, fuera de la Municipalidad. Esta situación llevó a la AGP a
cuestionar la decisión y apelar la
medida logrando que sean respetados los derechos de los postulantes a los
cargos. La medida arbitraria del departamento obligó a que hoy ocupen esos cargos los ingresados por Morina obviando los derechos y los que correspondían ingresar.
A la fecha todavía faltan que se restituyan los derechos de dos trabajadores.
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