viernes, 9 de octubre de 2020

Tarde pero seguro… se sancionó el Presupuesto 2020

POR MAYORÍA EL CONCEJO DELIBERANTE APROBÓ EL PRESUPUESTO 2020. LA NEGATIVA ESTUVO EN LOS CONCEJALES Y CNCEJALAS  DE FRENTE DE TODOS Y UNIDAD CIUDADANA: ROSSO PERRONE,UHRIG Y CONTI


En la última sesión el Concejo trato y aprobó por simple mayoría el Presupuesto 2020, “una formalidad” que fue considerada por los ediles de la oposición como “un mero trámite por la altura del año en que se presentó”. Según la LOM antes del 31 de octubre se debería estar presentado el nuevo Cálculo de Recurso 2012. Inclusive algunos asesores reflexionaron que esta presentación oficial mas como una “Rendición de Cuenta”. Por su parte el Gobierno realizó su descargo en función de la pandemia de Covid 19.

Entre los considerando del proyecto se fundamentó la crisis sanitaria, económica y social que impactó sobre el normal funcionamiento de la administración municipal y la necesidad de atender mayores demandas de gastos en un contexto de caída de la recaudación de tributos en los tres niveles de gobierno. También apeló a la necesidad del Municipio de realizar acciones en pos de paliar y atender la emergencia.

Desde Hacienda expresaron el  objeto de dotar de mayores recursos y menguar el impacto financiero en el Municipio para atender los compromisos derivados de la emergencia y que deviene necesario adherir al "Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal" y mediante los mismos se ha tramitado el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos 2020.

Que el mismo ha sido elaborado de acuerdo con los lineamientos de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Decreto Provincial N° 2980/00 y las estimaciones realizadas en base a las modificaciones al Código Tributario ya aprobadas, y a la situación a la que nos ha llevado la actual crisis, por la cual está atravesando tanto el Municipio como la Provincia de Buenos Aires.

Si bien menciona y reconoce la dinámica estacional de los ingresos del Municipio también  especifican la caída global en la recaudación a la cual esta comuna no es ajena por lo que se debieron  hacer uso de fondos afectados para hacer frente a apremios presupuestarios y financieros circunstanciales.

Además aclaran que han sido previstas las partidas destinadas al pago de deuda flotante estimada contablemente al 31 de Diciembre de 2019. En este sentido según el análisis de los concejales de la oposición el déficit presupuestario es de 400 millones de pesos.

En este periodo el Concejo aprobó  un valor del Módulo en diecinueves pesos ($19.00) a partir del mes de Marzo y veintiún pesos ($21.00) a partir del mes de Septiembre.

La oposición consideraba que había “elementos técnicos muy claro para rechazar el Presupuesto 2020 como el endeudamiento o el uso de fondos afectados para hace política, es decir para solventar gastos corrientes ”. Por otro lado sostenían que el aumento de tasa fue del 50 % y la inflación del año fue menor.

La ordenanza sancionada por los concejales de Juntos por el Cambio y ProPin establece que la estimaciones de transferencia por parte de la Provincia utilizadas para el Cálculo de Recursos fueron otorgadas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas en carácter provisorio, al no contar con el Presupuesto 2020 aprobado.

La suma exacta del Presupuesto General de la Administración Municipal del Partido de Pinamar para el Ejercicio 2020, el total de los gastos corrientes y de capital se fijo en mil setecientos ochenta y nueve millones, ochocientos sesenta mil, setecientos nueve pesos  ($1,789,860,709),

Tipo de GASTO IMPORTE

GASTOS CORRIENTES $1,702,381,467

GASTOS DE CAPITAL $87,479,242

GASTOS TOTALES $1,789,860,709

En el dispositivo normativo en el artículo 8 “autorizó al Departamento Ejecutivo durante el ejercicio 2020 a hacer uso transitorio de recursos del Municipio con afectación específica, cuando ello fuese necesario para hacer frente a apremios presupuestarios y financieros circunstanciales, que su uso transitorio, signifique cambios de financiación y de destino de estos recursos, debiendo normalizarse su afectación en un máximo de tres ejercicios”.

Al mismo tiempo el artículo 8 bis autorizó a hacer uso financiero de los Fondos Afectados de INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO que no hayan sido afectados a la fecha y no existan compromisos y/o devengados respectivamente por única vez para el Ejercicio Fiscal en curso.

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