lunes, 28 de noviembre de 2016

Rumbo al ordenamiento y explotación del frente marítimo

DESPUÉS DE MUCHAS CORRECCIONES Y AJUSTES EL CONCEJO SANCIONÓ LA ORDENANZA QUE REGULA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE SOMBRA EN PLAYA POR PARTE DE LOS HOTELES, APART Y DEPARTAMENTOS CON SERVICIOS 

En la última sesión ordinaria del año (quedan las tres de prorroga) los ediles aprobaron el uso de espacio público de playa, en lo que hace al servicio de sombra y mobiliario por parte de los hoteles, apart y departamentos con servicios. El proyecto original enviado por el Departamento Ejecutivo tuvo múltiples reformas y ajustes. Por empezar, la normativa atañe solo a Cariló y no al resto de las localidades, como lo habían planteado en un principio jefe de Gabinete, Federico Panzieri. La propuesta llevó a que la Asociación de Concesionarios de Playas impusiera las quejas a los ediles con el argumento de competencia desleal entre otras cuestiones. El presidente de la institución, José María Ludueña, fue recibido por la Comisión de Turismo, y tuvo en cuanta sus objeciones sobre el la explotación del frente marítimo por parte de los hoteleros.  

El  marco normativo obedece no solo a una gestión eficaz y un mejor servicio al usuario de playa, sino a una eficiente recaudación municipal sobre la explotación del dominio público. En años anteriores esa explotación estaba sujeta a las arbitrariedades del DE con beneficios para muchos actores menos para el erario municipal. 

Luego de varias reuniones de los bloques (internas y externas), más labor legislativa, los últimos ajustes se realizaron en el extenso cuarto intermedio de la sesión del viernes. La molestia de los ediles de la oposición radica en cómo el Ejecutivo presenta los proyectos sin tiempo de estudio, ante el inminente inicio de temporada. Martin Viotti de ProPin declaró: "El Gobierno no esta preparado y la muestra es la salida del Secretario de Turismo. A esta altura del año hay que cerrar un monto de temas, no entiendo porque el Gobierno esperó a último momento cuando podríamos haber tratado los temas durante todo el año.  La respuesta (en el programa Así Somos), fue en referencia a  todo el frente marítimo, del que aún quedan cuestiones si resolver, por lo que los concejales, enemigos de volver a dar  tenencias precarias por las UTF, no van a tener más remedio que otorgarlas en algunos casos.  

La norma “autoriza al DE a determinar la ocupación y uso del servicio de sombra en playa conforme a las disposiciones que rigen el Titulo X ¨Derechos de ocupación o uso de espacios públicos¨ (Art 178 inc 6), el que se otorgará a petición del interesado, exclusivamente a Hoteles, Apart Hotel, Cabañas, Bungalows y Departamentos con servicios que cuenten con habilitación comercial vigente”.
Se  establece de 120 módulos (aproximadamente nueve mil pesos por kits), como monto a abonar sobre la ocupación por metro cuadrado, siendo el mismo valor para todos los frentistas, independientemente de la ubicación o de la cantidad de Kits a instalar. 

El Kit consta de una sombrilla, dos reposeras, cuatro sillas y una mesa. La vigencia del permiso se extenderá del 15 de noviembre al 15 de abril del año siguiente. La recaudación se afectará a la Dirección de Frente Marítimo con la especificación de tareas de remediación y recuperación del cordón medanoso,  y la planificación de un programa de limpieza de playas. 

La figura es la de permisionario y el número de kit a instalar será de uno por cada unidad habitacional no pudiendo exceder un máximo de 24 (veinticuatro) kit por establecimiento. 

La manda sobre  la afectación de la recaudación no constaba en el proyecto original y los números de kits fueron reducidos, la inicial asignaba 50 Kits. 


La zona estará determinada conforme al plano del expediente y el horario permitido del servicio será de 09:00 a 19:00 horas. Cumplido el horario, los mobiliarios/Kits deberán ser retirados del espacio en playa y trasladados a cada alojamiento de pertenencia. Por otro lado la implantación de las sombrillas se hará a partir de la línea de guardavidas, para no obstaculizar la circulación de los usuarios de la playa. Los predios de ocupación serán de 9 metros cuadrados por kit, los cuales serán delimitados mediante amojonamiento, con cartelería y señalización según corresponda a cada permisionario. Los kits se dispondrán con la siguiente orientación: En sentido norte-sur el predio es de 24 metros formando un frente de 8 kits. En sentido este-oeste las filas correspondientes según la cantidad de kit por alojamiento no pueden superar un máximo de 3 (tres) hileras de sombrillas. La separación entre un espacio permisionado y otro es calculará en 15 metros. Y a 150 metros de cualquier concesión de UTF.  Las sombrillas deberán contar con el isotipo identificatorio del alojamiento respectivo, como así también la indumentaria del colaborador a cargo del kit. Queda prohibida toda otra publicidad no autorizada. 

Los kits remanentes que pudieran surgir por falta de oferentes, se podrán otorgar a aquellos permisionarios que necesiten un cupo mayor a los estipulados.

La fiscalización es clave para que la ordenanza no sea letra muerta, por lo que la norma establece especificaciones de control del área de emplazamiento, el horario de armado y desarmado de los kits. 

La falta de permiso municipal,  el falseamiento de las declaraciones juradas,  o el incumplimiento de alguna de las disposiciones de la ordenanza  hará pasible a los infractores del pago de una multa equivalente al 100% (ciento por ciento) de la irregularidad detectada y/o la caducidad del permiso otorgado.


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